Aprobación inicial de la Ordenanza municipal de viviendas, garajes y terciario, plantas bajas, entreplantas y sótanos. El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29/05/2014, acordó por unanimidad de los corporativos asistentes aprobar inicialmente la Ordenanza municipal de viviendas, garajes y terciario, plantas bajas, entreplantas y sótanos.https://www.deba.eus/api/es/actualidad/noticias/aprobacion-inicial-de-la-ordenanza-municipal-de-viviendas-garajes-y-terciario-plantas-bajas-entreplantas-y-sotanoshttps://www.deba.eus/api/logo.png
Aprobación inicial de la Ordenanza municipal de viviendas, garajes y terciario, plantas bajas, entreplantas y sótanos.
El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29/05/2014, acordó por unanimidad de los corporativos asistentes aprobar inicialmente la Ordenanza municipal de viviendas, garajes y terciario, plantas bajas, entreplantas y sótanos.
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El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 29/05/2014, acordó por unanimidad de los corporativos asistentes aprobar inicialmente la Ordenanza municipal de viviendas, garajes y terciario, plantas bajas, entreplantas y sótanos.
Mediante el presente anuncio el expediente queda sometido a exposición pública durante el plazo de 30 días según lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de Bases de Régimen Local, a fin de que los/as interesados/as puedan presentar las reclamaciones o sugerencias que estimen pertinentes.
Una vez transcurrido ese plazo sin que se haya producido ninguna reclamación, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo hasta entonces provisional y se procederá a publicar el texto completo de la misma.
El expediente se encuentra a disposición de quien quiera consultarlo en la Secretaría del Ayuntamiento de Deba en horario de 8:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, durante el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletin Oficial de Gipuzkoa.
Las reclamaciones y sugerencias podrán presentarse en el mismo plazo en el Registro General del Ayuntamiento, siendo el órgano competente para su resolución el Pleno Municipal.